Aprobación defintiva de la Junta de Gobierno, de 26 de julio de 2016, del Reglamento de la Comisión para la Cooperación y el desarrollo (0.7%)
Contra los anteriores acuerdos, que, de conformidad con el artículo 67 de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del Ejercicio de Profesiones Tituladas y de los Colegios Profesionales, ponen fin a la vía administrativa, y de conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo común, puede interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de DOS MESES desde el día siguiente de su publicación en la página web colegial.
Barcelona, a 27 de julio de 2016.
El secretario,
Documentos
-
Comisión para la Cooperación y el Desarrollo (0,7%) | Reglamentos de las Comisiones418.19 Kbpdf
COOPERACIÓN Y DESARROLLO 0,7%: Reglamento de la Comisión para la Cooperación y el Desarrollo (0,7%). Aprobado por la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona el 09 DE JULIO DE 2019
Contacto
-
Asesoría Jurídica
-
Mallorca, 283
08037 Barcelona , Barcelona (España) - 93 601 12 98 / 93 496 18 80
- asesoricab@icab.cat
-
Mallorca, 283