Información colegiación con título obtenido en un Estado de la Unión Europea - EJERCIENTE
Son colegiados/das comunitarios ejercientes, las personas que provienen de un Estado de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo que, previa homologación del título obtenido en su Estado de origen, están en posesión del título que les habilita para el ejercicio de la abogacía en los términos establecidos por la legislación vigente y se incorporan al Colegio, como abogados/as para ejercer profesionalmente, por cuenta propia o de otro, la dirección o la defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico.
La documentación que deberá aportar para colegiarse como colegiado/da ejerciente es la siguiente:
- Formularios facilitados por el Colegio, debidamente cumplimentados:
- Solicitud de inscripción
- Datos personales para aparecer en la Guía Judicial
- Otros datos relacionados con las funciones colegiales
- Datos de domiciliación bancaria
- Declaración Jurada de ausencia de incompatibilidades y Juramento deontológico
- Solicitud de correspondencia para correo electrónico y de dirección de correo electrónico (voluntaria)
- Solicitud de alta de cobertura de póliza de responsabilidad civil
- Información en materia de protección de datos
- Información relativa a los carnés colegiales
- Solicitud de incorporación en el Grupo de Abogados Jóvenes
- Información Revista Jurídica de Cataluña
- Solicitud de certificación incorporación como abogado/da del Consejo General de la Abogacía Española
- Título habilitante:
- Para personas que hayan solicitado la homologación de su título extranjero al de licenciado en Derecho antes del 31 de octubre de 2011, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar des del momento que obtengan la mencionada homologación se colegien: Original y fotocopia de la homologación del título, en el que se incluya la fecha de la solicitud y la de la resolución de la homologación (Ministerio de Educación; www.mcu.es).
- Para personas que hayan solicitado la homologación de su título extranjero después del 31 de octubre de 2011: Acreditación del título profesional de abogado/a regulado en la Ley 34/2006, de 30 de octubre (original y fotocopia).
- Para personas que soliciten el reconocimiento de su título de abogado de su Estado de origen: Acreditación del título de abogado/a reconocido por el Ministerio de Justicia www.mjusticia.es (original y fotocopia).
- Original y fotocopia del resguardo o del título de su Estado de origen.
- Certificado de penales: (Modelo 790): Obtención del certificado: Presencial en la Gerencia Territorial de Justicia (Oficina de Expedición de Certificados de Antecedentes Penales) o por internet con el DNI electrónico.
- Una fotografía original tamaño carnet.
- Fotocopia del DNI/NIE o Dispensa de Nacionalidad (sólo para las personas NO Comunitarias).
- Justificante de condición del régimen de previsión social elegido.
- Trabajador por cuenta propia, a elegir entre:
Alter Mútua de los Abogados (Roger de Llúria 108, Bajos, 932077775) www.alta.altermutua.com/icabarcelona
Mutualidad General de la Abogacía (Mallorca 283, 934961880) www.mutualidadabogacia.com
R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) www.seg-social.es
Tramitar el alta censal en la oficina de la Agencia Tributaria que corresponda .
- Trabajador por cuenta ajena: en Régimen General de la Seguridad Social. (Adjuntar copia del contrato laboral como abogado. Si el contrato es como licenciado en derecho deberá adjuntar un certificado original de la empresa conforme se realizan tareas de abogado).
- Resguardo de ingreso de la Caja de Abogados de los derechos de inscripción en el Colegio: 500,95€. Información sobre el importe de los gastos de incorporación y las cuotas en el apartado de la página web colegial: “cuotas colegiales”.
Comprobada la corrección de la documentación presentada, se ingresará el importe en la Caja de Abogados. La Caja de Abogados ofrece una financiación especial al 0% de interés para el importe de la cuota de ingreso de la colegiación.
Una vez abonados los derechos de incorporación en el Colegio y presentada toda la documentación anterior, os inscribiremos en las Sesiones de Orientación Profesional.
El plazo aproximado de la resolución de su solicitud es de 30 días.
El plazo establecido legalmente es de 2 meses.
Recordad que podéis obtener la tarjeta sanitaria del Catsalut: Cómo obtener la tarjeta sanitaria del Catsalut.
Si te colegias por primera vez y lo haces como ejerciente este año, disfrutarás, durante dos años a contar desde el momento de la colegiación, de un bono de 300 euros canjeable en cualquier actividad formativa organizada por el Colegio.
*Hay que mantener la condición de ejerciente mientras se disfruta de este bono.
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Collegiate Attention Service (SAC)811.41 Kbpdf
IMPRESO - Colegiación con título obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea - EJERCIENTE
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Mallorca, 283
08037 Barcelona , Barcelona (Spain) - 93 601 12 21 / 93 496 18 80
- sac@icab.cat
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