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 El Parlament de Catalunya aprueba la Ley 9/2020 de 31 de julio, que hace obligatoria la sesión informativa previa de mediación

Comisión de Abogados/as Mediadores/as | Centro ADR - ICAB (Centro para la Resolución Alternativa de Conflictos)

 El Parlament de Catalunya aprueba la Ley 9/2020 de 31 de julio, que hace obligatoria la sesión informativa previa de mediación

La Reforma del Llibre Segon del Codi Civil de Catalunya recoge las Recomendaciones de los principales organismos europeos, así como del TJUE y del Consejo General del Poder Judicial en relación al fomento de la mediación y resto de sistemas de resolución alternativa de conflictos y la implementación de la mediación intrajudicial.
Tue Aug 04 00:00:00 CEST 2020

Establece explícitamente que la mediación es obligatoria cuando se haya pactado expresamente antes del ejercicio de acciones judiciales. Igualmente establece que una vez iniciado el proceso judicial, la autoridad judicial puede derivar en cualquier momento a las partes a una sesión previa obligatoria, y que la carencia de asistencia no justificada no está sometida a confidencialidad y tendrá que ser comunicada a la autoridad judicial.

Por primera vez reconoce la norma un papel protagonista a la abogacía estableciendo que la parte podrá ser asistida durante la sesión informativa y las sesiones de mediación por su abogado/da, y que esta participación letrada será necesaria si así lo requieren las partes o la autoridad judicial.

LEY 9/2020, del 31 de julio, de modificación del libro segundo del Código civil de Catalunya, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediación en el ámbito del derecho privado.

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