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Convocado el Premio Memorial Pedro Martín García 2021

Secretaría de Junta de Gobierno | Premios, Becas y Subvenciones

Convocado el Premio Memorial Pedro Martín García 2021

El Premio está destinado a galardonar un trabajo o artículo sobre Derecho Procesal Penal. La fecha límite para la presentación de los trabajos es el 1 de diciembre de 2021, hasta las 20:00 horas

Mon Aug 02 11:51:02 CEST 2021

1.- Finalidad. El premio "Memorial Pedro Martín García" fue instituido para honrar la memoria del Ilmo. Sr. D. Pedro Martín García, que fue Presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona y que fue considerado como un paradigma de profesionalidad, excelencia jurídica y respeto a la abogacía.

2.- Participantes. Podrán concursar al premio todos los colegiados/as del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona excepto:

  1. a) que hayan participado en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2021,
  2. b) miembros de la Junta de Gobierno, personas trabajadoras y personas colaboradoras no docentes del ICAB.
  3. Premio. El premio de este concurso está dotado con la cantidad de 3.000 €.

4.- Características de los trabajos a concurso. El premio está destinado a galardonar un trabajo o artículo sobre Derecho Procesal Penal. Las características de los trabajos o artículos presentados a concurso deberán ser las siguientes:

  1. El texto o trabajo debe ser original, inédito y escrito en lengua catalana o castellana.
  2. Los trabajos o artículos presentados podrán ser titularidad de un/a autor/a o de dos coautores/as.
  3. Los trabajos presentados tendrán una extensión máxima de 10.500 palabras o de 70.000 caracteres.
  4. El formato de los trabajos deberá ser DIN A4 (210 x 297mm.), mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.
  5. Plazo y lugar de presentación. Los trabajos, juntamente con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en el Registro General de la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. La fecha límite para la presentación de los trabajos es el 1 de diciembre de 2021, hasta las 20:00 horas. Para aquellos trabajos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.
  6. Forma de presentación de los trabajos. Los trabajos o artículos se entregarán en soporte papel y por triplicado; y, deberán ser presentados dentro de un sobre de correos de gran tamaño sin doblar los folios del trabajo.

Igualmente se adjuntará otro ejemplar del trabajo o artículo en formato electrónico.

Dentro de dicho sobre grande se depositará también un sobre de tamaño más reducido y cerrado, en el que se hará constar el nombre del autor/a o los coautores/as y una declaración, firmada por el autor/a o coautores/as del artículo o trabajo, con la fecha correspondiente, en el que el autor/a deberá hacer constar:

  1. Que manifiesta expresamente el carácter original del trabajo o artículo presentado, así como que este artículo no se copia, ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena.
  2. Que manifiesta ser el pacífico titular y en exclusiva de los derechos del trabajo o artículo y que éste se encuentra libre de cargas o limitaciones en los derechos de explotación.
  3. Que acepta expresamente cada una de las condiciones establecidas en estas bases.

7.- Resolución del concurso. El Jurado que resolverá sobre el otorgamiento del premio estará integrado por:

  1. a) Dos miembros de la Junta de Gobierno, nombrados por la propia Junta del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona,
  2. b) Dos Magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial,
  3. c) El Presidente/a de la Sección de Derecho Penal del ICAB y
  4. e) El señor Daniel Martín Escolà, abogado.

El Jurado valorará especialmente el carácter novedoso, original o controvertido del tema desarrollado en los trabajos presentados a concurso, así como su trascendencia jurídica futura, teórica y práctica.

El Jurado podrá declarar desierta la convocatoria del premio si considera que los diferentes trabajos presentados no reúnen la calidad exigida.

El Jurado tiene la facultad de otorgar el premio ex aequo. En este caso la dotación económica será compartida por los dos trabajos premiados. Si no se presentara ninguna persona en el concurso o el Jurado decide que el premio queda desierto, el importe del premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos.

El nombre del ganador/a del premio se hará público durante las actividades de una de las sesiones solemnes organizadas por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona para conmemorar la Festividad de San Raimundo de Peñafort. El importe de los premios otorgados estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.

8.- Cesión de derechos de explotación de la obra. El autor/a o coautores/as premiados ceden en el ICAB, en exclusiva, todos los derechos de explotación del trabajo o artículo premiado, en cualquier forma, en todas las modalidades, para todos los países y lenguas del mundo y por los plazos máximos de duración que la legislación establece para cada modalidad. La dotación económica del premio se considerará un pago a cuenta de los derechos de autor y, por tanto, el autor/a no devengará por ningún concepto u otra cantidad distinta a la propia del premio hasta que se haya amortizado íntegramente el importe de éste, el cual tendrá, a efectos del contrato, el carácter de anticipo.

Los derechos de explotación objeto de cesión comprenderán, entre otros, los de reproducción, los de distribución, los de comunicación pública, los de transformación y en general, para todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en el momento del otorgamiento del premio.

Entre los derechos de explotación cedidos, se engloban la cesión de derechos de edición en forma de libro, bajo la modalidad de tapa dura o cartoné, tapa flexible, rústica, ediciones económicas, bolsillo, de lujo, de bibliófilo, fascículos, ilustradas, especiales para empresas o editoriales, CD-rom u otros soportes digitales o magnéticos, con inclusión de colecciones o publicaciones periódicas de forma parcial o completa, y cualesquiera otras modalidades conocidas en ese momento.

En el supuesto de que el ICAB decida explotar los derechos del artículo o trabajo, lo podrá hacer directamente por sí mismo o con cualquier otro ente o editorial, en exclusiva o no, con las que suscribirá los acuerdos que sean necesarios para posibilitar la mejor explotación y ejecución, tanto en España como en el extranjero.

Si el ICAB así lo requiere, el autor/a premiado/a se obliga a suscribir el contrato de edición, cesión de derechos de explotación sobre el artículo o trabajo premiado y otros documentos necesarios para formalizar oportunamente dichas cesiones.

9.- Aceptación de las bases. El hecho de participar en este concurso supone la aceptación de estas bases. La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que se pueda plantear.

Barcelona, ​​julio 2021

INFORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable

Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

CIF: Q-0863003-J

Contacte dpd@icab.cat

 

Finalidad

Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre éstos

Legitimación

Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

Destinatarios

Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales.

Derechos

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional de la política de protección de datos.

 

Información adicional

 

Para más información sobre la política de protección de datos puede consultar la información adicional siguiente.  

 

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¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?

Identidad: Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

            CIF: Q-0863003-J

            

             Dirección Postal: Calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona

            

             Teléfono: 934961880

          

           Contacto: dpd@icab.cat

 

¿Con qué finalidad tratamos sus datos personales?

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona trata la información que nos facilite para la gestión y ejecución del premio convocado y enviar información sobre nuestros servicios y actividades o premios convocados que no estén directamente relacionados con el premio convocado, en caso de que así nos autorice.

¿Por cuánto tiempo conservaremos sus datos?

Estos datos se conservan hasta el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución de la convocatoria, hasta que se oponga al tratamiento o revoque el consentimiento para las otras finalidades, excepto los datos que sean necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones legales y estatutarias, como los plazos de prescripción por posibles responsabilidades legales en base al tratamiento realizado.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base legal para el tratamiento de sus datos es la ejecución del premio convocado.

La base legal para enviar vía postal y electrónica información sobre los servicios, actividades o premios convocados del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona que no estén directamente relacionados con el premio convocado es el consentimiento.

Las categorías de datos que se tratan son:

Datos de identificación, códigos o claves de identificación, dirección postal o electrónica y datos económicos, financieros y formativos.

¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?

  • Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre si el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona está tratando datos personales que le conciernen, o no.
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  • En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, los interesados ​​podrán oponerse al tratamiento de sus datos. El Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona dejará de tratar los datos, excepto por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
  • Los interesados ​​e interesadas podrán solicitar la portabilidad de sus datos en soporte automatizado a otro responsable en los supuestos de tratamientos que permite el RGPD.
  • En el momento de la cancelación de los datos, únicamente los conservaremos bloqueados en cumplimiento de obligaciones legales.

Los datos que ha facilitado se tratarán por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona  de acuerdo con las finalidades descritas en este documento, y en este sentido se le informa que podrá ejercer, sus derechos de acceso, rectificación o supresión, o la limitación su tratamiento, y a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de la datos o revocar su consentimiento a la siguiente dirección de correo electrónico dpd@icab.cat , sin perjuicio de su derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, tal como la autoridad Catalana de Protección de Datos, en la calle Rosellón 214, Esc. A, 1º 1a, 08008 Barcelona, y teléfono 935527800. En todo caso, podrá retirar su consentimiento en cualquier momento, sin que dicha retirada afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento antes de la misma.

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