Ley 5/2022, de 6 de abril, de modificación de la Ley 14/2008, de la Oficina Antifraude de Cataluña
Publicada en el DOGC de 7 de abril de 2022.
Entrada en vigor: 08.04.2022
Se modifica la ley para que el mandato del director de la Oficina Antifraude sea de 6 años desde la fecha en que es elegido por el Parlamento, y se establece que no puede ser reelegido.
En todo caso, el mandato del director de la Oficina Antifraude nombrado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se regirá por la regulación vigente en el momento en que fue nombrado.
[LEYES APROBADAS. PARLAMENTO DE CATALUÑA]
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