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Convocado el Premio Memorial Pedro Martín García 2022

El Premi está destinado a galardonar un trabajo o artículo sobre derecho procesal penal. 

28/07/2022

Bases del Premio Memorial Martín García 2022

1.- Finalidad. El premio "Memorial Pedro Martín García" fue instituido para honrar la memoria del Ilmo. Sr. D. Pedro Martín García, que fue Presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona y que fue considerado como un paradigma de profesionalidad, excelencia jurídica y respeto a la abogacía.

2.- Participantes. Podrán concursar al premio todos los colegiados/as del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona excepto:

a) que hayan participado en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2022.
b) miembros de la Junta de Gobierno, personas trabajadoras y personas colaboradoras no docentes del ICAB.

3. Premio. El premio de este concurso está dotado con la cantidad de 3.000 €.

4.- Características de los trabajos a concurso. El premio está destinado a galardonar un trabajo o artículo sobre Derecho Procesal Penal. Las características de los trabajos o artículos presentados a concurso deberán ser las siguientes:

a. El texto o trabajo debe ser original, inédito y escrito en lengua catalana o castellana.
b. Los trabajos o artículos presentados podrán ser titularidad de un/a autor/a o de dos coautores/as.
c. Los trabajos presentados tendrán una extensión máxima de 10.500 palabras o de 70.000 caracteres.
d. El formato de los trabajos deberá ser DIN A4 (210 x 297mm.), mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.

5. Plazo y lugar de presentación. Los trabajos, juntamente con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en el Registro General de la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. La fecha límite para la presentación de los trabajos es el 1 de diciembre de 2022, hasta las 20:00 horas. Para aquellos trabajos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.

6. Forma de presentación de los trabajos. Los trabajos o artículos se entregarán en soporte papel y por triplicado; y, deberán ser presentados dentro de un sobre de correos de gran tamaño sin doblar los folios del trabajo.

Igualmente se adjuntará otro ejemplar del trabajo o artículo en formato electrónico.

Dentro de dicho sobre grande se depositará también un sobre de tamaño más reducido y cerrado, en el que se hará constar el nombre del autor/a o los coautores/as y una declaración, firmada por el autor/a o coautores/as del artículo o trabajo, con la fecha correspondiente, en el que el autor/a deberá hacer constar:

a. Que manifiesta expresamente el carácter original del trabajo o artículo presentado, así como que este artículo no es copia, ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena.

b. Que manifiesta ser el pacífico titular y en exclusiva de los derechos del trabajo o artículo y que éste se encuentra libre de cargas o limitaciones en los derechos de explotación.

c. Que acepta expresamente cada una de las condiciones establecidas en estas bases.

7.- Resolución del concurso. El Jurado que resolverá sobre el otorgamiento del premio estará integrado por:

a) Dos miembros de la Junta de Gobierno, nombrados por la propia Junta del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona,
b) Dos Magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial,
c) El Presidente/a de la Sección de Derecho Penal del ICAB y
e) El señor Daniel Martín Escolà, abogado.

El Jurado valorará especialmente el carácter novedoso, original o controvertido del tema desarrollado en los trabajos presentados a concurso, así como su trascendencia jurídica futura, teórica y práctica.

El Jurado podrá declarar desierta la convocatoria del premio si considera que los diferentes trabajos presentados no reúnen la calidad exigida.

El Jurado tiene la facultad de otorgar el premio ex aequo. En este caso la dotación económica será compartida por los dos trabajos premiados. Si no se presentara ninguna persona en el concurso o el Jurado decide que el premio queda desierto, el importe del premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos.

El nombre del ganador/a del premio se hará público durante las actividades de una de las sesiones solemnes organizadas por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona para conmemorar la Festividad de San Raimundo de Peñafort 2023 o en el marco de algún otro acto organizado por el ICAB. El importe de los premios otorgados estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.

8.- Cesión de derechos de explotación de la obra. El autor/a o coautores/as premiados ceden al ICAB, en exclusiva, todos los derechos de explotación del artículo o trabajo premiado, en cualquier forma, en todas las modalidades, para todos los países y lenguas del mundo y por los plazos máximos de duración que la legislación establece para cada modalidad. La dotación económica del premio se considerará un pago a cuenta de los derechos de autor y, por tanto, el autor/a no devengará por ningún concepto u otra cantidad distinta a la propia del premio hasta que se haya amortizado íntegramente el importe de éste, el cual tendrá, a efectos del contrato, el carácter de anticipo.

Los derechos de explotación objeto de cesión comprenderán, entre otros, los de reproducción, los de distribución, los de comunicación pública, los de transformación y en general, para todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en el momento del otorgamiento del premio.

Entre los derechos de explotación cedidos, se engloban la cesión de derechos de edición en forma de libro, bajo la modalidad de tapa dura o cartoné, tapa flexible, rústica, ediciones económicas, bolsillo, de lujo, de bibliófilo, fascículos, ilustradas, especiales para empresas o editoriales, CD-rom u otros soportes digitales o magnéticos, con inclusión de colecciones o publicaciones periódicas de forma parcial o completa, y cualesquiera otras modalidades conocidas en ese momento.

En el supuesto de que el ICAB decida explotar los derechos del artículo o trabajo, lo podrá hacer directamente por sí mismo o con cualquier otro ente o editorial, en exclusiva o no, con las que suscribirá los acuerdos que sean necesarios para posibilitar la mejor explotación y ejecución, tanto en España como en el extranjero.

Si el ICAB así lo requiere, el autor/a premiado/a se obliga a suscribir el contrato de edición, cesión de derechos de explotación sobre el artículo o trabajo premiado y otros documentos necesarios para formalizar oportunamente dichas cesiones.

9.- Aceptación de las bases. El hecho de participar en este concurso supone la aceptación de estas bases. La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que se pueda plantear.

Barcelona, ​​julio 2022

INFORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓ DE DATOS Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD (Consultad documento 'Bases del premio' en PDF) 

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