Convocada la segunda edición del premio “Memorial Miquel Queralt sobre derecho del trabajo y de la seguridad social”
La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, en homenaje y emocionado recuerdo a la intensa y destacada trayectoria personal y profesional como abogado laboralista del señor Miquel Queralt Cabeza, ejemplo de los mejores valores de la abogacía, así como en reconocimiento a su generosa vocación de servicio institucional y a su compromiso con el Colegio como diputado de la Junta de Gobierno, instituyó el Premio “Memorial Miquel Queralt sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ”.
En este sentido, se convoca la primera edición de este Premio, que se regirá por las siguientes BASES:
1. Podrán optar al Premio los abogados/as colegiados/as
2. El Premio está destinado a galardonar la mejor monografía inédita o publicada sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social publicada entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026.
3. El premio está dotado con 3.000 euros.
4. Las monografías que opten al Premio, junto con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en el Registro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona, de lunes a jueves de 9 a 20h y los viernes de 9 a 15h) y la fecha límite de presentación será el 19 de mayo de 2026. Para aquellas monografías enviadas por correo certificado, la fecha del matasellos determinará la aceptación o no del envío.
5. No podrá presentarse al Premio el/la concursante que participe en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2024, ni tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, las personas trabajadoras o colaboradoras no docentes del ICAB. Cada concursante sólo podrá presentarse al Premio con una única monografía.
6. La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona nombrará al Jurado del Premio, que estará formado por uno o dos de sus miembros, por el presidente/a y vicepresidente/a de la Sección de Derecho laboral del ICAB, por un/a abogado/a miembro de Antràs Advocats, despacho profesional del que formaba parte el abogado Sr. Miquel Queralt Cabeza, y por uno o dos integrantes más de reconocido prestigio especialistas en la materia objeto del premio.
El Jurado valorará especialmente la actualidad o carácter de novedad del tema desarrollado en la monografía, así como su trascendencia jurídica futura, teórica y práctica.
7. El Jurado tiene la facultad de otorgar el premio ex aequo. En este caso, la dotación económica será distribuida entre las dos monografías galardonadas.
Igualmente, el Jurado, que podrá declarar desierto el Premio, se reserva el derecho a hacer mención especial, sin derechos económicos, de alguna de las monografías no premiadas que por su calidad e interés se hagan dignas.
Del mismo modo, el Jurado se reserva el derecho de adjudicar el Premio a una monografía publicada que lo merezca, aunque no se haya presentado al Premio, siempre que se haya publicado entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026.
Si no se presentara ninguna persona al concurso o el Premio fuera declarado desierto, el importe del Premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos
8. La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas y se hará publicidad mediante los medios de comunicación corporativos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
9. La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
10. En caso de que la monografía presentada sea inédita, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona se reserva los derechos de una primera edición en este formato o de artículo doctrinal para una Revista, preferentemente la Revista Jurídica de Cataluña. Pasados seis meses después de la entrega de la monografía sin que el Colegio haya iniciado la publicación se entenderá que renuncia a la misma.
Para esta primera edición, la persona premiada cede al Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, en exclusiva, todos los derechos de explotación de la monografía premiada, en cualquier forma, en todas las modalidades, para todos los países y lenguas del mundo y para los plazos máximos de duración que la legislación establece para cada modalidad.
Los derechos de explotación objeto de cesión comprenderán, entre otros, los de reproducción, los de distribución, los de comunicación pública, los de transformación y en general, para todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en el momento del otorgamiento del premio.
La retribución por la cesión de derechos de autor de esta primera edición estará incluida en el importe del premio.
En el supuesto de que el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona decida explotar los derechos de la monografía, podrá hacerlo directamente por sí mismo o con cualquier otro ente o editorial, en exclusiva o no, con las que suscribirá los acuerdos que sean necesarios para posibilitar su mejor explotación y ejecución, tanto en España como en el extranjero.
Si el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona así lo requiere, el/la autor/a premiado/a se obliga a suscribir el contrato de edición, cesión de derechos de explotación sobre la monografía presentada y otros documentos necesarios para formalizar oportunamente estas cesiones.
En el supuesto de que la monografía galardonada no sea publicada por el Colegio, pero sí por otro editor/a, el ganador/a deberá pedir expresamente la inclusión en todas aquellas ediciones posteriores al otorgamiento del Premio de una referencia a que la obra ha sido galardonada con el Premio “Memorial Miquel Queralt sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social” 2026.
11. El galardonado/a entregará un ejemplar de la obra premiada a la Biblioteca del ICAB, autorizando a las personas usuarias de la misma a su consulta.
12. El importe del Premio otorgado estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.
13. La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases.
La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que pueda plantearse.
Barcelona, abril de 2026
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Legitimación |
Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. |
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Solicitud Premio Memorial Miquel Queralt 2026 sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
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