Información de autorizaciones para la defensa de asuntos propios
Descripción del Servicio
El artículo 21 de los Estatutos Colegiados establece la posibilidad a los licenciados/das y graduados/as en derecho con título habilitante para el ejercicio de la abogacía y a los colegiados/das no ejercientes de poder actuar como abogados/das en procedimientos sobre asuntos propios, del cónyuge o pareja de hecho o de los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Para autorizar al interesado/da para actuar como abogado en estos supuestos, el Colegio expedirá en cada caso concreto la autorización recogida en el artículo 21 de los Estatutos colegiales.
Los Estatutos colegiales otorgan la competencia para dictar las autorizaciones al decano/na o miembro de la Junta en que delegue. Por acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de marzo de 2003 esta facultad fue delegada en el vicedecano/na de la Corporación.
Requisitos:
Los interesados han de cumplir los requisitos establecidos en los puntos a), b), c) y d) y e) del artículo 15.1 de los Estatutos colegiales:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, siempre que se cumplan los requisitos exigidos a estos efectos por la normativa vigente, salvo lo que dispongan los tratados o convenios internacionales o dispensa legal.
b) Estar en posesión del título habilitante para el ejercicio de la abogacía en España, o en cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, en los términos establecidos por la legislación vigente o de los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes hayan estado homologados previamente.
c) No estar incurso en causa de incapacidad.
d) No estar incurso en causa de incompatibilidad para ejercer la abogacía.
e) No tener antecedentes penales que inhabiliten para ejercer la abogacía de acuerdo con la respectiva normativa aplicable.
Las autorizaciones suponen la concesión al interesado/da de todos los derechos y obligaciones inherentes a la abogacía en relación con el asunto en cuestión, excepto el pago de cuotas y la adscripción al régimen de previsión social.
Tramitación:
Para tramitar la autorización por asuntos propios, tenéis que dirigir al Servicio de Atención Colegial (calle Mallorca, 283 planta baja o Ciudad de la Justicia Edificio P) la solicitud que encontraréis a pie de página junto con la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI/NIE.
- Fotocopia compulsada del resguardo o del título de Licenciado/da en Derecho, graduado/a en derecho y título habilitante para el ejercicio de la abogacía (no será necesario en el supuesto de ser colegiado no ejerciente del ICAB).
- Certificado del Registro Civil u otro medio probatorio de la relación de parentesco, en su caso.
- Declaración de no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad y de incapacidad (según modelo de solicitud).
- El plazo aproximado de la resolución de su solicitud es de 7 días.
- En el caso que hubiera estado colegiado en un colegio de abogados en España como ejerciente o como no ejerciente durante el período mínimo de un año, documentación acreditativa de tal situación (v. gr. Certificado emitido por dicho Colegio).
Precio:
- Licenciados/as, graduados/as en Derecho con título habilitante: 36 euros
Colegiados/as del ICAB no ejercientes: Sin coste
Departamento/ Comisión Responsable
Servicio de Atención Colegial
Le informamos que para presentar en papel demandas o escritos, debe solicitar una certificación del Departamento de Justicia de su condición de habilitado con la previsión suficiente.
Documentos
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Servicio de Atención Colegial (SAC)174.02 Kbpdf
Solicitud de autorización para la defensa de asuntos propios de persona habilitada para el ejercicio de la abogacía
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Servicio de Atención Colegial (SAC)121.1 Kbpdf
Solicitud de autorizaciones para la defensa de asuntos propios Colegiado/da NO EJERCIENTE
Contacto
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Servicio de Atención Colegial (SAC)
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Mallorca, 283 - Planta 0
08037 Barcelona , Barcelona (España) - 93 601 12 12 - EXT. 5321
- Fax: 93 487 65 03
- sac@icab.cat
- De lunes a jueves de 9 a 18 h / Viernes de 9 a 15 h - Horario de agosto: de lunes a viernes de 9 a 15 h.
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Mallorca, 283 - Planta 0